Enfermedad General
- diana yurani poveda simbaqueva
- 23 oct 2022
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Parágrafo 1° del artículo 40 del decreto1406 de 1999, el cual fue modificado por el decreto 2943 de 2023. Menciona
Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar
Se paga así:
2 primeros días | Empresa | 100% |
Día 3 al 90 | EPS | 66,67% |
Día 91 al 180 | EPS | 50% |
Día 181 en adelante | Fondo de pensiones | 50% |


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